Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmaron el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo mediante el cual dejaron establecido que la candidata a diputada Adriana Paulina Teissier Zavala no incurrió en calumnia en contra del candidato Julián Ricalde Magaña a través de un video que circuló en redes sociales.
Al atender el recurso de apelación interpuesto por el Partido Fuerza por México por la improcedencia de las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas del Ieqroo, el Pleno consideró que, desde un análisis preliminar, que el estudio realizado por la autoridad responsable –IEQROO- se encuentra ajustado a derecho, toda vez que no se advierte, se actualiza de forma preliminar el elemento objetivo, ni subjetivo, que la intención de la candidata demandada sea la de imputar o atribuir hecho o delitos concretos en particular, sino que únicamente expresa una opinión crítica que está amparada por la libertad de expresión.
Durante la sesión de este lunes, los magistrados del Teqroo determinaron reenviar al Ieqroo el expediente del Procedimiento Especial Sancionador PES/036/2022 interpuesto por el Partido Verde Ecologista de México en contra de Juan Humberto Novelo Zapata y otros, por la supuesta vulneración al artículo 134 de la Constitucional Federal y 116 bis de la Constitución Local de Quintana Roo, relativo al principio de imparcialidad, por participación de funcionarios públicos en campaña electoral.
El Ieqroo, en aras del debido proceso, deberá emplazar a las partes denunciadas a la audiencia de pruebas y alegatos para que el Teqroo esté en aptitud de emitir una resolución apegada a derecho.